Fecha de actualización: Miércoles 9 de noviembre de 2016
La Instrucción 3/2016 de la Dirección General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social intensifica el control en materia de tiempo de trabajo y de horas extraordinarias en las empresas.
En el siguiente artículo se recogen, entre otros aspectos, las obligaciones y consecuencias de la falta de registro de la jornada de los trabajadores en la empresa, las comprobaciones en las visitas de la Inspección de Trabajo y el registro diario de la jornada, ya sea a tiempo parcial o completo.
AGM Abogados
Disponible en:
http://www.agmabogados.com/es/el-registro-de-la-jornada-diaria-y-el-control-por-la-inspeccion-de-trabajo-aspectos-generales/#
Consultado el: 09/11/2016