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09/11/2016. El registro de la jornada diaria y el control por la Inspección de Trabajo

Fecha de actualización: Miércoles 9 de noviembre de 2016

La Instrucción 3/2016 de la Dirección General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social intensifica el control en materia de tiempo de trabajo y de horas extraordinarias en las empresas.

En el siguiente artículo se recogen, entre otros aspectos, las obligaciones y consecuencias de la falta de registro de la jornada de los trabajadores en la empresa, las comprobaciones en las visitas de la Inspección de Trabajo y el registro diario de la jornada, ya sea a tiempo parcial o completo.

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