Fecha de actualización: Martes 25 de agosto de 2020
Las empresas pueden ser multadas por no investigar correctamente los accidentes laborales que se produzcan en su organización. La prevención de riesgos exige que las entidades desarrollen una actividad mínima que garantice que se preservará la salud de sus empleados.
Así lo establece en una reciente resolución el Juzgado de lo Social nº 3 Albacete, por la que se confirma la sanción impuesta a una empresa por no llevar a cabo una investigación del accidente de trabajo sufrido por un empleado.
La compañía había externalizado la prevención de riesgos laborales, y la profesional encargada de la supervisión realizó una "liviana" investigación del accidente; tan ligera que sólo preguntó al gerente sobre lo sucedido, traslandándolo sin contrastarlo a su informe. No se entrevistó con el trabajador accidentado o con otros compañeros. Como el jefe había manifestado, textualmente, que "no sabía lo que había ocurrido, que seguramente estarían realizando la labor de instalación de dos portones traseros", la técnico concluyó que el siniestro había sido leve y que, por la forma en que se produjo, no pudo provocar las lesiones que padecía el trabajador. El propio gerente le había comentado que ya las tenía antes de iniciar la relación laboral.
NOTICIAS JURÍDICAS
Última visita: 25/08/20