Fecha de actualización: Jueves 28 de junio de 2018
Poco ha mejorado la situación preventiva de los más de tres millones de trabajadores autónomos en los últimos años ya que aún, y a pesar de ser susceptibles de sufrir los mismos accidentes que los trabajadores asalariados, en nuestra legislación laboral en materia de preventiva la figura jurídica del mismo sigue prácticamente ausente, por lo que para adaptarse a los nuevos tiempos, la legislación le debe al autónomo su reconocimiento y regulación.
En el siguiente enlace se puede consultar un interesante artículo de José Luis Perea Blanquer, Director del Área de Prevención ATAE, que entre otros aspectos señala que en este ámbito se echa en falta un papel más activo por parte de las distintas administraciones, ya que no solo han de diseñar sus políticas en materia preventiva teniendo en cuenta la singularidad del trabajo autónomo, sino realizar una labor de tutela y garante de las condiciones de seguridad en que los autónomos desarrollan sus tareas.
La protección frente a los riesgos laborales, afirma Perea, no puede ceñirse a meras fórmulas de autotutela; máxime cuando se advierte el progresivo incremento del número de trabajadores autónomos en nuestro tejido productivo, en especial en determinados sectores de alta siniestralidad, lo que obliga a una particular atención y adaptación de las normas sobre seguridad y salud en el trabajo debiéndose configurar un contenido mínimo que proteja al autónomo frente a los riesgos de toda actividad profesional.
autonomosyemprendedor.es
Autor: José Luis Perea Blanquer
Consultado el: 28/06/18