Fecha de actualización: Lunes 20 de junio de 2022
Este jueves ha sido publicado en el BOE la adhesión de España al Convenio sobre la eliminación de la violencia y el acoso en el mundo del trabajo, hecho en Ginebra el 21 de junio de 2019.
Por tanto, la incorporación a esta norma no se ha producido hasta tres años después. El Convenio proviene de una reunión del Consejo de Administración de la Oficina Internacional del Trabajo el 10 de junio de 2019, y que consideró, entre otros extremos, que la violencia y el acoso son incompatibles con la promoción de empresas sostenibles y afectan negativamente a la organización del trabajo, las relaciones en el lugar de trabajo, el compromiso de los trabajadores, la reputación de las empresas y la productividad.
El texto entró en vigor, con carácter general, el 25 de junio de 2021, y para España lo hará el 25 de mayo de 2023.
El Convenio se compone de 20 artículos, distribuidos en ocho títulos numerados, de los que extraemos algunos de sus aspectos más interesantes.
Definiciones
El primer artículo del Convenio realiza dos definiciones de especial interés, añadiendo que la violencia y el acoso pueden definirse en cada legislación nacional "como un concepto único o como conceptos separados".
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Última visita: 20/06/2022