Fecha de actualización: Sábado 30 de julio de 2016
En esta Nota Descriptiva de la OMS sobre Reconocimientos Médicos previos al empleo, se recogen criterios para su realización. No resulta muy distinto de lo recogido en nuestra norma básica preventiva de la Ley 31/1995, pero se produce una década después.
Se recoge el texto integro de la misma:
Joseph Pachman
Se analiza en este artículo la evidencia disponible para justificar la realización de pruebas médicas antes del empleo o contratación. A menudo el recurso a esos exámenes obedece más a factores culturales que a la existencia de datos científicos que los avalen.
No hay evidencia suficiente respecto a su eficacia como medida de prevención de los riesgos ocupacionales relacionados con la salud. Se ha resaltado el cribado de la hipertensión como una práctica común previa al empleo respecto a la cual no hay ningún criterio normalizado que permita determinar la idoneidad para el trabajo considerado.
El cribado de los trastornos psiquiátricos y el abuso de sustancias plantea problemas peculiares, a lo que hay que añadir el riesgo de sesgo racial y otros efectos negativos imprevistos. Se cuestionan las razones económicas aducidas para justificar esas prácticas, y se considera preocupante el paternalismo relacionado con los factores de riesgo identificados.
Las pruebas médicas sólo deben efectuarse cuando estén justificadas por el entorno laboral, y la realización de exámenes médicos y análisis de cribado de drogas previos al empleo como norma habitual es una opción que debería descartarse. Por lo general, debería bastar una simple evaluación del estado de salud a través de un cuestionario.
Se debería disuadir a los proveedores de servicios de salud ocupacional de aplicar estándares de salud física o mental no pertinentes para el desempeño del trabajo fundamental a realizar. Se recomienda llegar a consensos sobre las prácticas más adecuadas, y estudiar la posibilidad de reunir datos sobre los resultados conseguidos mediante las prácticas de realización de exámenes previos al empleo.
Organización Mundial de la Salud
Disponible en:
http://www.who.int/bulletin/volumes/87/7/08-052605-ab/es/
Consultado el 30/07/2016