Fecha de actualización: Viernes 29 de enero de 2016
El letrado del Servicio Madrileño de Salud, en la oficina y en horario laboral, comenzó a sufrir mareos y dificultad para hablar. Al verlo un amigo suyo médico, lo llevó al hospital, donde le diagnosticaron un ictus cerebral isquémico. A los tres meses falleció.
La empresa del trabajador, el Servicio Madrileño de Salud, calificó el suceso como contingencia común y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, recordando el artículo 115.3 de la Ley General de la Seguridad Social, considera que se trata de accidente laboral, ya que el hecho se produce en la oficina y en horario laboral.
La Comunidad de Madrid vulneró la Ley 31/1995 al no evaluar los riesgos psicosociales del colectivo de letrados del Sermas ya que, según el informe de la Inspección, el ictus cerebral isquémico guarda una relación estrecha con situaciones extraordinarias de estrés.
Sindicato Médico de Granada
Disponible en:
http://simeg.org/la-inspeccion-de-la-ss-reconoce-un-ictus-como-accidente-de-trabajo/
Consultado el: 29/01/2016