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12/07/2016. El Tribunal Supremo condena a otra empresa a pagar la indemnización de un trabajador expuesto al amianto

Fecha de actualización: Martes 12 de julio de 2016

El Tribunal Supremo ha desestimado un recurso de la empresa Honeywell Fricción (antigua Jurid Ibérica y actual Federal Mogul), ubicada primero en El Prat y luego en Zona Franca, con lo que tendrá que abonar un recargo del 50% sobre la prestación de viudedad a la mujer de un trabajador fallecido en 2011 como consecuencia de una asbestosis de origen profesional, al estar en contacto con amianto.

El TS considera que “la empresa no ha demostrado el cumplimiento en todo caso de su deber de protección; por el contrario, han quedado probados numerosos errores e inadecuados sistemas de trabajo y protección”.

En concreto, según la sentencia y los informes del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT), en 1977 se superaba la concentración máxima permitida en polvo de amianto, no se disponía de extracción localizada en las tolvas de carga de los molinos y mezcladores, ni en las básculas donde se pesaba el amianto y otros componentes; no se había observado la utilización de protecciones personales para el aparato respiratorio; en 1982, la fábrica continuaba superando los niveles de fibras de amianto y, en 1984, continúa sin subsanar el riesgo objetivo de inhalación de amianto.

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