Fecha de actualización: Lunes 11 de abril de 2016
En la Sentencia del TS no se discute el origen laboral de la enfermedad causada por el amianto. El fondo del asunto se centra en dos cuestiones: En la transmisión empresarial del recargo de prestaciones, objeto del recurso, y en las tres naturalezas de esta figura (preventiva, sancionadora y resarcitoria) de diferente tratamiento en la normativa y en la jurisprudencia.
La Sentencia declara así, a diferencia del anterior criterio del TS, que en el recargo de prestaciones prima su naturaleza punitiva frente a la de prestación, por lo que se transmite entre empresas en el caso absorción o transmisión como ocurrió en este caso. Así, el recargo de prestaciones se añade a las sanciones y deudas tributarias que se transmiten entre empresas.
Esta transmisión incluye las situaciones en que la enfermedad se declaró cuando la persona ya no trabajaba en la empresa de origen.
ORP Prevencionintegral
Disponible en:
http://www.prevencionintegral.com/actualidad/noticias/2016/03/18/tribunal-supremo-cambia-su-doctrina-para-aumentar-indemnizaciones-victimas-amianto
Consultado el: 11/04/2016