En cumplimiento de la legislación vigente, solicitamos su permiso para obtener datos estadísticos de su navegación en esta web.
Si continúa navegando consideramos que acepta el uso de cookies
¿acepta nuestra política de cookies?
Más información
| ACEPTO

10/11/2016. El Tribunal Supremo matiza los sutiles límites de los infartos laborales

Fecha de actualización: Jueves 10 de noviembre de 2016

Para que un accidente no traumático (ictus o infarto) se califique de contingencia laboral de forma directa se debe cumplir el requisito de que el ictus o infarto debe ocurrir en tiempo y en lugar de trabajo.

En el siguiente caso, en la sentencia del Tribunal Supremo de 19 de mayo de 2015, el conflicto está en si el tiempo dedicado por el trabajador a "ponerse el uniforme" en el vestuario debe calificarse de tiempo de trabajo sin haber fichado previamente.

En otros casos similares, el Tribunal Supremo ha considerado que "recoger el arma o proveerse de los equipos de protección individual se trata del empleo de un cierto tiempo en el cumplimiento de una obligación que es ineludible para el trabajador, siendo ésta la razón por la que debía considerarse tiempo de trabajo. Así, "el tiempo invertido en los desplazamientos entre el depósito de armas y el centro donde presta sus servicios el vigilante de seguridad es tiempo de trabajo al estar determinado por un deber impuesto por la empresa".

En este caso, un primer argumento para no considerar tiempo de trabajo en este ictus es que la jornada laboral aún no había empezado, al no haber fichado el trabajador al inicio de la misma. La segunda circunstancia relevante es que en otros casos el trabajador no se encontraba en los vestuarios simplemente para cambiarse de ropa sino para proveerse de los EPI (equipos de protección individual) que estaban en el vestuario y que tenía obligatoriamente que ponerse antes de su incorporación al
puesto de trabajo. Una tercera circunstancia relevante es que en otros casos el trabajador percibía un plus de puntualidad incurriéndose en falta de puntualidad y pérdida del plus si se incorporaba tarde al puesto de trabajo.

El TS afirma que "no se trata de alterar la doctrina genéricamente establecida por esta Sala Cuarta en relación con los infartos de miocardio sufridos por un trabajador en el vestuario antes de comenzar su jornada sino de matizarla en atención a ciertas circunstancias relevantes", insistiendo en la "no disponibilidad del tramo de tiempo anterior al comienzo de la jornada".

A partir de ese momento, se precisa, no existen tiempos muertos, mediando el transcurso imprescindible para la colocación de los equipos de seguridad e higiene sin los cuales no puede comenzar la actividad y el recorrido hasta el punto de inicio de la prestación de servicios, circunstancias que no concurren en la sentencia recurrida, por lo que el recurso interpuesto por el trabajador es desestimado.

Ver/descargar sentencia completa

Hazte cliente ahora y podrás acceder a toda nuestra base de datos

Noticias destacadas

MAPA WEB
¿Quieres información actualizada sobre prevención de riesgos?
SÍGUENOS EN NUESTRAS REDES SOCIALES
Facebook  Linkedin  Twitter  RSS