Fecha de actualización: Lunes 9 de enero de 2017
Tal y como se indica en el siguiente artículo, para entender el acoso laboral tenemos que adentrarnos en los elementos subjetivos (sujetos intervinientes, sean activos o pasivos) y elementos objetivos (conducta típica, gravedad de la conducta, reiteración en el tiempo y daño psíquico derivado)- en los tipos y modalidades específicas de acoso en el trabajo.
En el siguiente enlace se describe la perspectiva jurídica del acoso laboral, el acoso moral descendente, ascendente, horizontal y mixto según la posición jerárquica, la responsabilidad del acoso o incluso el el acoso moral realizado por personas ajenas a la propia organización.
La abogada Hilda I. Arbonés recuerda que el derecho a no ser acosados no sólo es un derecho reactivo, sino un derecho a ser protegido frente al acoso en el trabajo.
jubpsin
Autora: Hilda I. Arbonés
Disponible en:
http://jupsin.com/en-sus-manos/derecho-proteccion-acoso-laboral/
Consultado el: 09/01/2017